En Estados Unidos se juega en estos momentos un caso legal que podría cambiar los parámetros “oficiales” en torno a demandas por derechos de autor. Dice la propia constitución del país que existe una cláusula de torno al
copyright donde se tipifica que para promover el progreso científico y las artes útiles, ciertos derechos de autor deben tener un tiempo limitado de derechos exclusivos sobre las obras. De la misma forma, la ley en California sostiene que las obras obscenas no promueven el progreso científico o el arte, y por lo tanto, no pueden ser protegidas con
copyright. Amparada en ambas directrices,
una mujer acusada de infracción de derechos de autor por material pornográfico en
BitTorrent ha demandado a la propia productora.
El caso comenzó como otras tantas operaciones que hemos contado en los últimos tiempos. Una productora de pornografía,
Hard Drive Productions, demandó a una mujer por compartir material con
copyright.
La demanda pedía un dinero a cambio de “olvidarlo” todo y no pasar por juicio. Una táctica que ha reportado grandes beneficios a los titulares de derechos de autor ya que los presuntos infractores prefieren esta “tarifa” que el costoso paso por juicio.
La productora en cuestión había enviado una carta a Liuxia Wong el año pasado alegando que su dirección IP había sido usada para compartir el filme adulto
Amateur Allure Jen en BitTorrent. Según cuenta la propia Wong, en la carta se le pedía 3.400 dólares y acabar con el “problema”, o bien acudir a los tribunales con una demanda de 150.000 dólares.
A diferencia de otros casos, la mujer, residente en California, ha decidió contraatacar demandando a la productora y contratando los servicios de un abogado de la EFF. Un caso que no sólo pide una rectificación en lo que la acusada considera un error, sino que
busca reconsiderar las leyes y acusa a la productora de acoso sobre su persona.
Según Wong, la demanda de
Hard Drive Productions decía que la infracción databa del 28 de marzo del 2011 cuando la película en cuestión no fue registrada oficialmente hasta el 22 de abril del 2011. Por lo tanto, la mujer acusa a la productora de:
… diseñar una estrategia que obligue a resolver el caso a pesar de la ausencia de hechos.
No sólo eso, según la carta enviada por
Hard Drive Productions, Wong sería culpable aunque otra persona ajena a ella hubiera actuado sin su conocimiento, hecho que la mujer describe como errónea a todas luces. Además, y aquí viene la vuelta de tuerca, Wong se opone a la idea de que
Hard Drive Productions pueda ser dueña de los derechos de autor de su propio trabajo ya que según las leyes,
la pornografía no debería ser propiedad de nadie. La razón la encontraríamos a partir de la Constitución de Estados Unidos. La demanda de Wong dice así:
El artículo 1, sección 8, cláusula 8 de la Constitución de Estados Unidos, conocida como cláusula de copyright, faculta al Congreso de Estados Unidos a promover el progreso de la ciencia y las Artes útiles, asegurando por un tiempo limitado a los autores e inventores el derecho exclusivo a sus respectivos escritos o descubrimientos.
Además, la ley en California sostiene que las obras obscenas no promueven este progreso de la ciencia y las Artes útiles, y por lo tanto, no pueden ser protegidas por derechos de autor.
Es decir, que la demanda de Wong se ampara en estas directrices para afirmar que
Hard Drive Productions no cumple estos criterios ya que representa actos obscenos a la vez que criminales. Wong pide a la corte que emita una orden declarando que ella no sólo no es responsable de la demanda de infracción, sino que esa película no debería tener derechos de autor, recalcando que la productora se dedica a promover la prostitución y el proxenetismo en este tipo de producciones.
La pelota ahora está en el tejado de la corte, quienes deberán decidir si Wong está en lo cierto. Un resultado que podría variar este tipo de demandas de “extorsión” a los usuarios de BitTorrent que en la mayoría de casos quedan impunes delante de la ley. No sólo eso, la demanda podría cambiar la percepción legal (al menos en California) de cierto tipo de material adulto y su autoría con el
copyright.
Fuente:
http://alt1040.com/2012/02/el-porno-no-deberia-tener-copyright-usuario-demandado-contraataca-con-la-constitucion-en-mano